En el contexto laboral, existen diversas maneras de cometer delitos penales que afecten distintos bienes jurídicos protegidos por la legislación chilena. Pero no estamos hablando de materia laboral propiamente tal, para efectos de explicar esta figura penal, nos situaremos justamente en esta rama del Derecho.
El derecho penal en otras legislaciones ha cobrado gran relevancia al momento de intervenir en el mundo laboral y también en el empresarial. Esto ha sido necesario por la cantidad de delitos que se configuran en estos espacios que normalmente forman parte del mundo privado, y que, por tanto, dificulta la posibilidad de observar con detención estos sucesos.

En Chile no ha sido la excepción, la cantidad de delitos que se configuran a partir de la administración desleal respecto de los bienes de la empresa en la cual se trabaja, o en la misma figura, pero por parte de un actuar doloso del empleador respecto de cotizaciones previsionales del trabajador, etc.
En ese sentido, encontraremos distintos delitos que junto a nosotros puedes enfrentar y prevenir en tu organización, hoy analizaremos uno en particular:
- Delito de Apropiación indebida
El delito de apropiación indebida se encuentra contemplado y sancionado en el artículo 470 número 1 del Código Penal; el cual señala: “Las penas del artículo 467 se aplicarán también: 1° A los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos o cualquiera otra cosa mueble que hubieren recibido en depósito, comisión o administración o por otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla.”
Artículo 467 del Código Penal: “El que defraudare a otro en la sustancia, cantidad o calidad de las cosas que le entregare en virtud de un título obligatorio, será penado: 1.º Con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de once a quince unidades tributarias mensuales, si la defraudación excediera de cuarenta unidades tributarias mensuales. 2.º Con presidio menor en su grado medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, si excediere de cuatro unidades tributarias mensuales y no pasare de cuarenta unidades tributarias mensuales. 3.º Con presidio menor en su grado mínimo y multa de cinco unidades tributarias mensuales, si excediere de una unidad tributaria mensual y no pasare de cuatro unidades tributarias mensuales.
Dolo en la conducta del autor
En el delito de apropiación indebida se requiere dolo, es decir, la intención de apropiarse del bien ajeno sin ánimo de devolverlo. En este caso, el dolo se acredita a través de varias maneras, por ejemplo, el desvío de activos de la empresa, el mal uso de dinero perteneciente a esta misma, el incumplimiento reiterado de sus obligaciones de rendición de cuentas, lo que evidencia un actuar deliberado para apropiarse del dinero en lugar de restituirlo, entre otras.
Tal como señala Mario Garrido Montt, en este caso, el objeto material de la acción se encuentra ya en manos del agente, en virtud de un negocio jurídico válido y preexistente. El abuso de su parte radica en que con posterioridad se apropia unilateralmente de ese bien e infringe la obligación de restituirlo, causando así un perjuicio al sujeto pasivo. Por lo tanto, el sujeto activo transforma una tenencia legítima de la cosa en una propiedad ilegítima, cuando la incorpora dolosamente a su patrimonio, con clara violación de la confianza que normalmente respalda esa clase de negocios o acuerdos, como bien señala el autor anteriormente citado.
Este delito requiere la concurrencia de los siguientes elementos:
- Que el agente se encuentre vinculado por una relación jurídica legítima con la víctima.
- La existencia de un título que conlleve la obligación de restituir la especie que se entrega.
- Que el actor realice algunas de las conductas señaladas en el artículo 470 del Código Penal.
- Que el objeto material del delito se trate de una cosa mueble.
- Que la apropiación produzca un perjuicio en la víctima

Es importante señalar que, cuando existen cargos de exclusiva confianza, existe el riesgo (del cual hablaremos más adelante en este blog) de crear escenarios idóneos para la comisión de delitos. Ahí nace la importancia de trabajar en conjunto con tu equipo jurídico los marcos legales aplicables a la cultura organizacional de tu empresa o entorno de trabajo.